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Type of publication
Journal volume/issue
67/2
Year
1994
Range of pages
333-343
Notes

 “El presente ensayo pretende realizar una aproximación en torno al tema de la muerte y a la representación de las formas y contenidos rituales dentro del marco de una comunidad conventual femenina del Antiguo Régimen. En este caso el monasterio de Nuesetra Señora de Junqueras de Barcelona de la Orden de San Jaime durante los siglos XVI y XVII” (p. 333). Fuente: testamentos del Archivo de protocolos. Del siglo XVI utiliza 7 testamentos de monjas de Junqueras:

Francisca Romeu (31-3-1530)

Leonor Ballester (24-10-1566)

María Juana de Gilabert (1569)

Ángela de Vilatorta (22-4-1571)

Beatriz de Vilatorta (20-5-1571)

Aldanza Salba (25-4-1592)

Jerónima Amat y de Massanet (7-12-1596)

Catalina de Marimón (22-4-1631)

Ana Dusay y Llull (24-4-1632)

Eugenia de Grimau (18-8-1636)

Magdalena Gort (20-2-1650)

Jerónima Clders (22-10-1655)

Paula de Foixa (24-7-1668)

Juana de Oms y de Sentmenat (10-3-1672)

Teresa Xammar (30-1-1683)

Beatriz de Lanuça (23-9-1684)

Clemencia de Gualber y Sentmenat (19-2-1687)

Isabel Dusay (19-9-1696)

Comienza con una historia del monasterio desde su fundación. Las monjas poseían un considerable número de esclavas “en propiedad para su survicio y que las religiosas adquirían diretamente por compra a través de un procurador. Las esclavas –generalmente eslavas o asiáticas- podían ser vendidas, alquiladas o legadas en testamento sin que hubiera ningún impedimento legal”. Entre las ocupaciones de las monjas menciona el hilado y la elaboración de dulces (p. 335). Los visitadores de la orden intentaban que se comportasen como religiosas, p. 336: “Así, por ejemplo, en 1538 hubo que recordales que tenían que comportarse más como religiosas que como seglares. Se les impuso como norma obligatoria el uso del velo y se les prohibió tajantemente que se vistieran con prendas de colores o hicieran ostentación de adornos en su ropaje. En 1560, el rey ordenó la construcciónde confesionarios y que los confesores no fueran simples sacerdotes, sin ofrailes de observancia, para evitar en lo posible la excesiva familiaridad y reforzar de este modo la disciplina interna. Asimismo se les privó de la licencia de hablar a través de las ventanas que daban a la calle, costumbre que a menudo era motivo de escándalo. Tampoco podían cabalgar con personas que no fueran familiares y se les redujo considerablemente el número de salidas. Sin embargo, todas estas disposiciones apenas si modifaron substancialmente el régimen de vida tradicional de las religiosas de Junqueras, que perduró de un modo casí intacto hasta la fecha de 1808, cuan- [p. 337] do las tropas francesas decidieron exclaustrar por la fuerza a las residentes y poner fin a sus más de quinientos años de historia”.

p. 338: “Esta liturgia independiente de Roma y de las diócesis acabó, teóricamente, en 1570, cuando se les impuso el empleo del misal y breviario romano como al conjunto de la cristiandad”. “El ritual funerario seguía también unas consuetudes propias de la Orden que se prolongaron largo tiempo. Por mandamiento del año 1529 tenían prohibido morir en la cama. Al llegar la agonía, el cuerpo era depositado sobre una alfombra que tenía la medida aproximada de la moribunda, a la que se revestía con hábito blanco, para a continuación trazarse una cruz de ceniza en el suelo en el lugar donde reposaba la cabeza y colocarse un cirio encendido en los pies”.  “Por lo que respecta a las disposiciones testamentarias, la máxima preocupación de las religiosas de Junqueras es procurarse el mayor número de sufragios posibles una vez hayan abandonado el mundo físico. Ello se inscribe dentro de la sensibilidad religiosa del barroco. Como es sabido a partir del siglo XV se multiplican en Occidente las misas a celebrar por la salud de las almas de los difuntos. Las misas postmortem son consideradas la vía más rápida y eficaz para aliviar los sufrimientos de las almas. Las monjas testadoras de Junqueras siguen la corriente espiritual de la época en Europa al concentrar los sufragios en unas fechas concretas: el día de la defunción, el de la novena, treinta días después del óbito y al cabo del año”.  Dentro de este contexto predominan en nuestra testamentario las misas basadas en la lógica de la acumulación –el mayor número de sufragios posibles concentrados en ciertos días- sobre las misas fundadas en la lógica de la repetición- serie de celebraciones instituidas con carácter perpetuo basadas en la creación de capellanías y aniversarios-, según la clasificación establecida por Jacques Chiffoleau [La comptabilité de l’au-dela. Les hommes, la mort et la religión dans la región d’Avignon à la fin du Moye Agè. Ecole Française, 1980, pp. 326 y ss.]

p. 339: Teresa Xammar en 1683 manda “instituir una misa cantada de caridad a celebrar del 1 de abril al 1 de octubre a las 17’45 horas y del 1 de octubre al 1 de abril a las 18’45 horas”. [Notario José Guell. Lib. test. 1678-89. Fol. 47 (AHPB)].

p. 340: El treintenario (grupo de treinta misas) fusiona los tipos por repetición y acumulación (por ser misas realizadas bajo una misma advocación durante un número determinado de días). Son las más solicitdas durante el siglo XVI por las religiosas de Jonqueres. SERÍA INTERESANTE SABER SI HABÍA MÚSICA EN LOS TREINTENARIOS

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